Modificación de los requisitos para permisos migratorios
Con la promulgación del Decreto Ejecutivo 197, de 7 de mayo de 2021, se establecen cambios en la subcategoría de «residente permanente» en Panamá para aquellos extranjeros que provengan de los países que mantienen relaciones amistosas, profesionales, económicas y de inversión con la República de Panamá.
El Decreto Ejecutivo 197 explica en detalle cuáles son las nacionalidades de los extranjeros que pueden optar por un permiso migratorio en calidad de «residente permanente» en Panamá, estableciendo a su vez que estos permisos sólo podrán otorgarse por razones laborales, por inversión en un bien inmueble.
La norma establece además los requisitos adicionales que deben ser suministrados por los extranjeros que estén interesados en recibir este tratamiento migratorio.
Es importante señalar que los extranjeros interesados pueden encontrar la información la lista de las nacionalidades que aplican para este procedimiento y los requisitos que se les exigen, en la página electrónica del Servicio Nacional de Migración.
El Decreto Ejecutivo 197 comenzará a regir tras cumplirse 90 días de su promulgación.
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