La Ley 32 del 26 de febrero de 1927 creó las Sociedades Anónimas en Panamá, una de las entidades jurídicas más populares para la Protección de Activos en el mundo.
Básicamente, las Sociedades Anónimas Panameñas (SA) son “Compañías de Acciones”, cuyas acciones pueden ser nominativas o al portador, siendo esta última opción la que otorga a esta entidad su calidad de anonimato.
Entre sus beneficios se encuentran que no hay obligación de divulgar públicamente a los accionistas; y que los activos de los accionistas están legalmente separados de los activos de la empresa.
Ahora bien, con los nuevos reglamentos bancarios internacionales, si la corporación tiene una cuenta bancaria, es obligatorio que revele al banco la información de sus accionistas, o incluso que las acciones sean nominativas en lugar de al portador.
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